Día de la Independencia
La declaración de independencia fue proclamada el 9 de julio de 1816, rompiendo los vínculos de dependencia política que los gobiernos locales tenían con la monarquía española.
Contexto Histórico
En 1814, el rey Fernando VII regresaba al trono de España. Esta situación les quitó argumentos de acción a los hombres que habían iniciado la Revoluciónde Mayo e instaurado la Primera Junta.Ya no podían actuar en nombredel reyde España porque éste volvía a estar en el poder efectivo.
España quería reconquistar sus colonias. Los realistas (los partidarios del colonialismo) habían triunfado en Sipe-Sipe, Guaqui, Vilcapugio y Ayohuma y eran fuertes en el Alto Perú (actual Bolivia).
Desde allí pensaban atacar las bases de los independentistas, ya entonces al mando de José de San Martín, e invadir todo el territorio de Argentina teniendo como objetivo la ciudad deBuenos Aires.
El 15 de abril de 1815, una revolución terminó con el gobierno unitario de Carlos María de Alvear. Los revolucionarios exigieron la convocatoria de un Congreso General Constituyente. Inicialmente se enviaron diputados de todaslas provinciasiniciando las sesiones el 24 de marzo de 1816. Cada delegado representaba 15.000 habitantes.
El 29 de junio de 1815, las provincias federales reunidas en Arroyo de la China (Concepción del Uruguay) y signatarias del Congreso de Oriente, fueron las primeras endeclarar la independenciarespecto a España.
El Congreso de Tucumán
El Congreso se inició el 24 de marzo con la presencia de 33 diputados. Según la decisión de los propios delegados, la presidencia del Congreso era rotativa y cambiaba cada mes.
Varios territorios que habían pertenecido al Virreinato del Río de la Plata no pudieron hacer llegar sus representantes, incluyendo las provincias del Alto Perú que habían recaído ante los realistas. Salvo Córdoba, las provincias de la Liga Federal (Banda Oriental, Corrientes, Entre Ríos, Misiones y Santa Fe) resolvieron no concurrir al Congreso de Tucumán como señal de protesta hacia el Directorio (unitario y pro monárquico) por la no ratificación del Pacto de Santo Tomé, firmado el 9 de abril, por el que éste había reconocido la autonomía de Santa Fe.2
En cuanto al Paraguay, tal territorio actuaba como un estado independiente desde el año 1811, en que se había independizado de España, ante las actitudes hipercentralistas de los sucesivos gobiernos establecidos en Buenos Aires. Los territorios de la Patagonia, Comahue y el Gran Chaco se encontraban bajo el dominio de los llamados pueblos originarios.
En una de sus primeras decisiones, el Congreso nombró Director Supremo de las Provincias Unidas del Río de la Plata a uno de sus diputados, el general Juan Martín de Pueyrredón.
Durante varias semanas se discutieron los alcances de sus atribuciones y su funcionamiento interno, además de tomar decisiones de política nacional e internacional. El cuerpo tenía la facultad de intervenir en casi todos los asuntos que se presentaban a su consideración, lo que provocó interminables debates.
La presión de algunos de sus miembros, y de influyentes dirigentes nacionales -entre ellos el general José de San Martín, gobernador de la Intendencia de Cuyo- hizo que se iniciara la discusión sobre la Declaración de Independencia.
La votación finalmente se concretó el 9 de julio. En ese momento presidía el cuerpo uno de los representante de San Juan, Francisco Narciso de Laprida. Ningún país reconoció en ese momento la independencia nacional.
Las discusiones posteriores giraron en torno de la forma de gobierno que debía adoptarse para el nuevo Estado. La situación de guerra abierta con la monarquía española y la creciente injerencia del Reino Unido de Portugal, Brasil y Algarve hizo que, tácticamente, muchos de los que podían tener simpatías por el federalismo, decidieran abroquelarse monolíticamente en una especie de “unitarismo” coyuntural ante los ataques externos.
Las labores del Congreso continuaron en Buenos Aires, donde comenzó a deliberar a principios de 1817, y donde sancionó la Constitución Argentina de 1819. El Congreso fue disuelto en 1820, tras la derrota del Directorio en la batalla de Cepeda, que marcó el inicio de la Anarquía del Año XX.
En la benemérita y muy digna ciudad de San Miguel de Tucumán a nueve días del mes de julio de 1816: terminada la sesión ordinaria, el Congreso de las Provincias Unidas continuó sus anteriores discusiones sobre el grande, augusto y sagrado objeto de la independencia de los pueblos que lo forman. Era universal, constante y decidido el clamor del territorio por su emancipación solemne del poder despótico de los reyes de España, los representantes sin embargo consagraron a tan arduo asunto toda la profundidad de sus talentos, la rectitud de sus intenciones e interés que demanda la sanción de la suerte suya, pueblos representados y posteridad. A su término fueron preguntados ¿Si quieren que las provincias de la Unión fuese una nación libre e independiente de los reyes de España y su metrópoli? Aclamaron primeramente llenos de santo ardor de la justicia, y uno a uno reiteraron sucesivamente su unánime y espontáneo decidido voto por la independencia del país, fixando en su virtud la declaración siguiente:
“Nos los representantes de las Provincias Unidas en Sud América, reunidos en congreso general, invocando al Eterno que preside el universo, en nombre y por la autoridad de los pueblos que representamos, protestando al Cielo, a las naciones y hombres todos del globo la justicia que regla nuestros votos: declaramos solemnemente a la faz de la tierra, que es voluntad unánime e indubitable de estas Provincias romper los violentos vínculos que los ligaban a los reyes de España, recuperar los derechos de que fueron despojados, e investirse del alto carácter de una nación libre e independiente del rey Fernando séptimo, sus sucesores y metrópoli. Quedan en consecuencia de hecho y de derecho con amplio y pleno poder para darse las formas que exija la justicia, e impere el cúmulo de sus actuales circunstancias. Todas, y cada una de ellas, así lo publican, declaran y ratifican comprometiéndose por nuestro medio al cumplimiento y sostén de esta su voluntad, baxo el seguro y garantía de sus vidas haberes y fama. Comuníquese a quienes corresponda para su publicación. Y en obsequio del respeto que se debe a las naciones, detállense en un manifiesto los gravísimos fundamentos impulsivos de esta solemne declaración.” Dada en la sala de sesiones, firmada de nuestra mano, sellada con el sello del Congreso y refrendada por nuestros diputados secretarios.
El 19 de julio, en sesión secreta, el diputado Medrano hizo aprobar una modificación a la fórmula del juramento. Donde decía «independiente del rey Fernando VII, sus sucesores y metrópoli», se añadió:
“y toda otra dominación extranjera“.
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